COMO UTILIZAR EL SISTEMA M.P.

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El estudio jurídico recibirá la Ficha de Pre-mediación (Anexo 1) cuyos datos deberá completar y enviar por fax o correo electrónico a la Secretaría de M.P.

La Secretaría de M. P. confeccionará:

una Solicitud de mediación privada prejudicial.

una Convocatoria a mediación y ofrecimiento de lista de mediadores a los requeridos.

Estos instrumentos serán enviados en mano al estudio jurídico para la firma del requirente, oportunidad en que se abonarán los GASTOS ADMINISTRATIVOS, ARANCEL de inicio y LAS NOTIFICACIONES (Artículos 3 y 5 del Decreto 91/98).

La Secretaría de M. P. diligenciará todas las notificaciones y cumplido el trámite legal, comunicará al estudio el mediador designado y la fecha de audiencia.

En caso de incomparecencia o imposibilidad de notificación a los requeridos, el mediador designado librará el acta de cierre de la mediación que dejará expedita la vía judicial al requirente. (Artículo 14 del Decreto 91/98)

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